Se aprueba el Real Decreto que regula el procedimiento para la certificación energética de los edificios

El Consejo de Ministros ha aprobado el martes 1 de junio de 2021 el Real Decreto que establece el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 

Se han actualizado las condiciones técnicas y administrativas del proceso para la certificación energética de los edificios, en cuanto a las características técnicas que deben cumplir los inmuebles, tanto en relación con los proyectos de edificación como las obras terminadas. Respondiendo así a la adecuación normativa española a las necesidades y retos para alcanzar el objetivo de la descarbonización en 2050.

 

La norma amplía el parque de edificios que están obligados a disponer de una certificación de eficiencia energética. Por lo que las construcciones que tengan una superficie útil total de más de 500 m² y que estén destinadas a un uso, sanitario, administrativo, residencial público, docente, comercial, cultural, deportivo, recreativo, hostelero o logístico, deberán tener su certificado de eficiencia energética.

 

Además, se establece también la obligación, tanto de particulares como de empresas, de mostrar la calificación energética en la publicidad de alquiler o venta de los edificios.

 

El Real Decreto también regula las visitas presenciales de los técnicos competentes para verificar las condiciones de eficiencia energética para la emisión del certificado mediante la visita a cada edificio.

 

Este cambio normativo promueve la activación de las medidas de mejora de la eficiencia energética de los edificios, en línea con los objetivos del Plan Nacional de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), que establece como objetivo a 2030 la rehabilitación de 1.200.000 viviendas reduciendo la dependencia energética y las emisiones de los edificios.

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